Orientaciones Generales para padres ante actividades de “educación sexual”, “convivencia”, “identidad de género” o “afectividad” en los colegios de sus hijos

Con el creciente aumento del adoctrinamiento de género en los colegios a través de la llamada “Educación Sexual Integral” (ESI), muchos padres se han sentido preocupados y desorientados sobre cómo proteger sus derechos y los de sus hijos en un entorno educativo que parece ir en contra de sus valores y creencias. Para ayudar a resolver esta problemática, el equipo del Área Judicial de Comunidad y Justicia elaboró una guía para padres sobre derechos en materia de educación sexual y afectiva en los colegios.

El documento destaca la importancia del derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos, para que puedan tomar decisiones informadas al respecto y detalla cómo los padres pueden tomar medidas legales si consideran que se han violado sus derechos en este aspecto.

Los colegios están obligados a respetar el deber y derecho preferente de los padres en la educación de sus hijos, y cualquier acción que omita ese derecho puede ser considerada una falta grave a la Constitución (artículo 19 Nº 10), la ley y los tratados internacionales.

El texto, enfatiza además el hecho de que la educación sexual y afectiva debe ser una decisión informada y consensuada entre los padres y los colegios, y no una imposición ideológica.

En el caso de que los padres vean que su deber y derecho preferente para educar a sus hijos ha sido amenazado, perturbado o vulnerado, es posible evaluar la adopción de las siguientes medidas o acciones, de forma sucesiva:

  1. Formular un reclamo o requerimiento a las autoridades competentes del colegio, de conformidad con el reglamento del establecimiento educacional.
  2. Efectuar una denuncia ante la Superintendencia de Educación.
  3. Iniciar acciones legales ante los tribunales de justicia.

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